TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA 2020 ¡¡¡

¿TELETRABAJO O TRABAJO EN CASA?


Resumen

En el presente escrito se abarcará la temática del trabajo remoto como la herramienta más usada últimamente por multinacionales, empresas, entidades y trabajadores independientes; que permite entre otros beneficios: mitigar los efectos de la pandemia, evitar pérdidas masivas de empleos generar mayores ingresos a independientes.

Este artículo tiene como propósito que el lector comprenda: la diferencia entre teletrabajo y trabajo en casa, sus principales características y modalidades.


¿Es usted un teletrabajador o un trabajador en casa?



Fechas importantes

Antes de abarcar el grueso de este blog, es imprescindible hacer referencia a algunas fechas de importancia en la historia del trabajo remoto.

En 1973 y tras el gran efecto inflacionario provocado por la crisis petrolera, el físico Jack Niles pensó en formas de optimización de recursos no renovables, creando así el “Telecommuting” o Trabajo Remoto; su objetivo principal fue llevar el trabajo a los trabajadores, sin que éstos tuvieran que desplazarse, modificando su lugar de trabajo.


Estados Unidos vivió una de sus peores tragedias el 11 de septiembre de 2001, tras 4 atentados y el ataque a las torres gemelas. A raíz de lo anterior, muchas de las compañías optaron por implementar el teletrabajo como un plan de choque a fin de seguir con las operaciones de sus negocios.

La crisis económica Argentina del 2002 generó una tasa de desempleo superior al 20%, generando nuevas formas de organización laboral para disminuir costos a las compañías.

El Plan Concilia inicia en España en el año 2006 con la finalidad de regular e impulsar el teletrabajo en la administración pública, estableciendo medidas favorables para sus empleados y buscando mejor calidad de vida.

El Congreso de Colombia expide en el año 2008 la ley del teletrabajo (1221) en la que define y menciona generalidades del teletrabajo; así mismo el Decreto 0884 de 2012 reglamenta y promueve esta modalidad laboral en el país.

Como último referente normativo a tratar, en el 2010 el Congreso de Estados Unidos expide la ley de mejora del teletrabajo, para impulsar y regular esta tendencia en la administración.


Con base en lo anterior, es evidente que el teletrabajo ha surgido y se ha promovido en momentos críticos en diferentes partes del mundo. Ahora bien, con la reciente pandemia provocada por el Covid-19, muchas empresas y entidades han implementado el trabajo remoto como herramienta para hacer frente a la mencionada pandemia.


¿Qué es el teletrabajo?

La Organización Internacional del Trabajo definió teletrabajo como:

"Una forma de trabajo en la cual: a) el mismo se realiza en una ubicación alejada de una oficina central o instalaciones de producción, separando así al trabajador del contacto personal con colegas de trabajo que estén en esa oficina y, b) la nueva tecnología hace posible esta separación facilitando la comunicación". (Citado en Vittorio Di Martino, 2004).


En Colombia  el artículo 2 del Decreto 0884 de 2012 establece:

Artículo 2. Teletrabajo y teletrabajador. Para efectos del presente decreto el teletrabajo es una forma de organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación - TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.

El teletrabajador es la persona que el marco de la relación laboral dependiente, utiliza las tecnologías de la información y comunicación como medio o fin para realizar su actividad laboral fuera del local del empleador, en cualquiera de las formas definidas por la ley.


Por lo anterior se puede definir de manera general el Teletrabajo como: una forma de trabajo a distancia que utiliza como soporte las Tecnologías de la Información y Comunicación.


¿Qué es el trabajo en casa?

A diferencia del Teletrabajo, el Trabajo en casa es el desarrollo ocasional y esporádico de funciones laborales por parte de un trabajador en su casa y con autorización de su empleador, lo anterior de conformidad con el artículo 6, numeral 4, de la Ley 1221 de 2008:

Una persona que tenga la condición de asalariado no se considerará teletrabajador por el mero hecho de realizar ocasionalmente su trabajo como asalariado en su domicilio o en lugar distinto de los locales de trabajo del empleador, en vez de realizarlo en su lugar de trabajo habitual.


Características y diferencias

Una vez vista las definiciones de teletrabajo y trabajo en casa, es imperativo relacionar algunas de las características de esta modalidad laboral:


 TELETRABAJO

 TRABAJO EN CASA

Ø Actividad laboral que se lleva a

 cabo fuera de la organización.

Ø Debe mediar acuerdo entre las

 partes para ser considerado 

Teletrabajador

Ø Desarrollo de actividad laboral

 en la casa del trabajador, de

 manera ocasional o esporádica.

Ø No existe acuerdo alguno entre

 las partes.


Tipos de teletrabajo

Veamos ahora las 3 diferentes modalidades que existen en nuestro ordenamiento jurídico del teletrabajo:

a)     Autónomo: utilizan su propio domicilio o un lugar escogido para desarrollar su actividad profesional. Trabajan siempre fuera de la empresa y sólo acuden a la oficina en algunas ocasiones.

ü Pensemos en el teletrabajador que toma su portátil en su casa, o en un Mcdonals, Starbucks, Oma, WeWork, etc. cumple su jornada laboral.



b)    Móvil: no tienen un lugar de trabajo establecido, sus herramientas primordiales son las tecnologías de la información y comunicación en dispositivos móviles.

ü Imaginémonos a un gerente comercial de una empresa a nivel nacional que debe trasladarse continuamente por sus sucursales y realiza sus actividades laborales en el taxi que lo transporta, el aeropuerto, avión, etc.

c)   Suplementario: laboran 2 o 3 días a la semana en su casa y el resto del tiempo en una oficina.

ü Este podría ser el caso de un trabajador contratado, por ejemplo, como auxiliar contable; su empleador le solicita asistir día de por medio a la empresa y el resto de días cumple su jornada laboral desde otro sitio.


SERGIO SILVA.


Apreciado lector 👀, si has tenido la oportunidad de ser teletrabajador, o migrar de la modalidad trabajador a teletrabajador; cuéntanos tu experiencia, ¿consideras que es una buena herramienta de trabajo? ¿Ha ayudado el trabajo remoto a mitigar los efectos de la pandemia?
Si no has tenido la oportunidad de trabajar remotamente, cuéntanos ¿cuál es tu expectativa al respecto? Queremos conocer tu punto de vista


PALABRAS CLAVES
Teletrabajo – Trabajo en casa – Derecho – Derecho Laboral – Laborando – Teletrabajar – Teletrabajando – Ley 1221 de 2008 - Jack Nilles – Telecommuting – 11 de septiembre de 2001 – Crisis petrolera – Crisis Económica – Desempleo – Prevención – Plan Concilia – Tics – Tecnologías de la información y la comunicación – Organización Laboral – Trabajo a Distancia – Remuneración – Funciones laborales – Empresa – Trabajador – Empleador – Acuerdo entre las partes – Modalidades del Teletrabajo – Beneficios del Teletrabajo – Productividad – Reducción costos – Población Vulnerable – Movilidad – Medio ambiente – Inclusión – Contaminación – Seguridad Informática – Reducción costos – Calidad de vida – Tiempo – Salud – Contaminación – Implementación – Entidad – Innovación – Resiliencia – Infraestructura – Plataforma – Tecnología – Riesgo laboral – Jurídico – Legal –Sindicatos – Maternidad – Horarios – Descanso – Cultura organizacional – Políticas – Metas – Inversión – Cumplimiento – Dirección – Alinear – Contrato – Otrosí – Resolución – Reglamento interno – Modificar – Manual de Funciones – ARL – Recategorización – Registro – Pacto por el teletrabajo – MinTic – MinTrabajo – Subsidios – Igualdad – Derecho retorno – Elementos – Herramientas – Mantenimiento – Conexión – Programa – Bring Your Own Device – BYOD – Acuerdo – Ejemplo – Maximizar – Ventajas teletrabajo - Desventajas teletrabajo - Teletrabajo Bogotá - ¿Qué es el teletrabajo? - Charlas – Transporte – Comunicaciones – Revisión – Auditoría – 16 de septiembre – Sostenibilidad – Mecanismo – Consultas – Asesorías.


Más adelante ahondaremos en temas relevantes del Teletrabajo, espera próximo contenido…

Comentarios

  1. El trabajo remoto, pues es bueno y a la vez no. En cuanto al tele trabajo ya que debe haber un acuerdo entre ambas partes, muchas veces hay más trabajo de lo habitual o de lo que se realiza en la oficina y esas cosas. Y en cuanto al trabajo en casa pues es un poco más libre y las personas tienden como hacer el trabajo "rápido" para así terminar más rápido. Y como una falencia que veo en el trabajo remoto es como la concentración, o sea trabajar en la casa es difícil por que hay muchas mas distracciones y cosas por hacer. Pero pues igual es una buena herramienta en estos momentos por todo lo de la pandemia ayuda a prevenir muchos contagios (así no sirva de nada), pero no solo en cuestión de pandemia se debería aplicar en el día a día para personas en estado de discapacidad o que tengan algún impedimento de movilizarse.

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    1. Hola Cristian, gracias por compartir tu posición al respecto; es verdad que en ocasiones el trabajador realiza mas actividades laborales de lo normal, para esto es importante que la empresa tenga políticas y procedimientos mediante los cuales se controle el número de horas laboradas y la cantidad de metas exigidas a sus colaboradores (que en ningún caso podrán ser superiores las del teletrabajador a las de un trabajador que desempeñe las mismas funciones). Referente al tema de distracciones que puedan presentarse en el hogar donde se ejecute el teletrabajo, considero que es imprescindible que el teletrabajador destine un espacio exclusivo para desempeñar sus labores y cumpla con los requerimientos ergonómicos exigidos, así como también deben plantearse metas diarias y respetar el horario laboral de la misma forma en que lo hacen los trabajadores de planta.

      Es muy importante conocer tu opinión e igualmente te invito a que te suscribas al Blog, así podrás identificar temas de actualidad jurídica que nos atañen a todos como ciudadanos.

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  2. Gracias por compartirnos tan importante información

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